El POU (Plan de Ordenación Urbanística) es un documento que organiza y regula cómo se va a usar y desarrollar el suelo de un municipio. Funciona como un “mapa guía” que indica, de manera clara, dónde se pueden construir viviendas, zonas comerciales, parques, carreteras, colegios u otros servicios, y establece normas sobre cómo deben hacerse estas construcciones para que el crecimiento del pueblo sea ordenado, seguro y sostenible.

Para los bormujeros, el POU es especialmente beneficioso porque ayuda a que el desarrollo del pueblo sea planificado y equilibrado, evitando problemas como construcciones desordenadas, falta de espacios verdes o saturación de servicios. También garantiza que las nuevas infraestructuras, como calles, parques o colegios, se adapten a las necesidades reales de la comunidad. En resumen, el POU busca mejorar la calidad de vida de todos, haciendo que Bormujos crezca de manera organizada, cómoda y respetuosa con el entorno, asegurando que el pueblo sea un lugar agradable para vivir hoy y en el futuro.

¿En qué fase nos encontramos?

Actualmente nos encontramos en la Fase  1

La participación
ciudadana

La participación ciudadana en el nuevo Plan General de Bormujos

La participación ciudadana significa que todos los vecinos, colectivos, asociaciones y agentes sociales de Bormujos pueden expresar sus ideas, preocupaciones y propuestas sobre cómo quieren que evolucione su pueblo. No se trata solo de opinar, sino de construir entre todos una visión compartida del municipio: cómo queremos que crezca, qué zonas debemos proteger, qué equipamientos son prioritarios o cómo mejorar la movilidad, los espacios públicos y la calidad urbana.

Para los ciudadanos, participar es una gran ventaja, porque permite influir directamente en las decisiones que marcarán el futuro de Bormujos. Además, favorece que el planeamiento refleje las necesidades reales de la población y no solo los aspectos técnicos o administrativos.

De esta forma, el nuevo PGOM no será solo un documento técnico, sino el resultado de un trabajo conjunto entre la administración y los vecinos, orientado a crear un municipio más sostenible, habitable y adaptado a su gente.

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NOTA: Para alegaciones y sugerencias de información pública deben realizarse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.